Términos y condiciones de la orden de compra

Aplicable a todas las órdenes de compra del zoológico de Denver emitidas a partir del 1 de diciembre de 2022.

  1. Ordenar: Una orden de compra del Zoológico de Denver es una oferta de la Fundación Zoológica de Denver (“Denver Zoological Foundation”) para comprar los bienes o servicios identificados en la orden de compra al proveedor identificado en la orden de compra. Una vez que el proveedor acepta la oferta, la orden de compra, junto con estos términos y condiciones, constituye el contrato de compra y rige la orden que se muestra en ella.
  2. Aceptación del Pedido: Se considerará que el Proveedor ha aceptado el Pedido cuando se produzca lo primero de lo siguiente: (a) la entrega total o parcial de los Bienes por parte del Proveedor; o (b) la aceptación del pago del Pedido por parte del Proveedor.
  3. Riesgo de pérdida: El proveedor asumirá el riesgo de pérdida, lesión o destrucción de los bienes hasta la entrega a DZF y la inspección y aceptación de los bienes por parte de DZF. El riesgo de pérdida después de la entrega permanece con el Proveedor si DZF rechaza algún producto. La pérdida, lesión o destrucción no liberará al Proveedor de ninguna obligación en virtud del presente.
  4. Inspección y Aceptación: El Proveedor deberá realizar todos los servicios de acuerdo con el estándar de cuidado ejercido por proveedores altamente competentes que realizan servicios similares. DZF puede inspeccionar todos los bienes/servicios en cualquier momento antes de la entrega y durante treinta (30) días después de la entrega de los bienes o la finalización de los servicios por parte del Proveedor. El Proveedor deberá asumir el costo de cualquier inspección/prueba que revele bienes/servicios que sean defectuosos o que no cumplan con las especificaciones. El hecho de que DZF no acepte o rechace bienes/servicios no eximirá al Proveedor de su responsabilidad por dichos bienes/servicios que sean defectuosos o que no cumplan con las especificaciones ni impondrá responsabilidad a DZF por dichos bienes/servicios. Si alguna parte de los bienes/servicios no es aceptable para DZF, DZF puede, además de cualquier otro derecho que pueda tener por ley o en equidad: (a) presentar un reclamo de garantía; (b) reparar y/o reemplazar los bienes o sustituir otros servicios a expensas del Proveedor; o (c) rechazar y devolver los bienes a expensas del Proveedor y/o rechazar los servicios a expensas del Proveedor para obtener el crédito completo. Ningún bien/servicio rechazado podrá ser reemplazado sin autorización por escrito de DZF, y dicho reemplazo deberá realizarse en los mismos términos y condiciones contenidos en este Pedido.
  5. Precio y Pago: El precio indicado en la Orden es el precio fijo y será la compensación total del Proveedor por los bienes/servicios que constituyen la Orden. En caso de error aritmético, prevalecerá el precio unitario. Los aumentos o disminuciones en impuestos, aranceles o materiales o costos de envío, si los hubiera, no afectarán el precio. Cada factura incluirá: (i) el número de orden de compra; (ii) desglose individual de los bienes/servicios; (iii) precio unitario, extendido y totalizado; (iv) cantidad solicitada, pendiente de pedido y enviada; y (v) la fecha de emisión y la fecha de vencimiento. DZF pagará la factura dentro de los treinta (30) días posteriores a la recepción de los bienes/la finalización de los servicios o la recepción de una copia correcta de la factura, lo que sea más reciente. El pago no constituirá aceptación. DZF puede, a su exclusivo criterio, ajustar los pagos de la factura para reflejar, o negarse a aceptar y pagar dichos envíos debido a, la entrega tardía o el incumplimiento por parte del Proveedor de las instrucciones de envío, el embalaje o los requisitos de documentación. DZF tiene el derecho de compensar cualquier monto adeudado por el Proveedor, ya sea en virtud del Pedido o no, con cualquier monto adeudado al Proveedor.
  6. Garantía: El Proveedor garantiza que todos los bienes que entregue a DZF y los entregables de cualquier servicio realizado por el Proveedor para DZF (a) estarán libres de defectos de diseño, material y calidad en el momento de la entrega y durante un (1) año después de la entrega; (b) serán comercializables y aptos para el propósito previsto; (c) serán al menos iguales en todos los aspectos a cualquier muestra o especificación de calidad, tamaño o descripción especificada por DZF o contenida en el Pedido; (d) se transferirán libres de todo gravamen, reclamo adverso o intereses de seguridad; (e) no infringirán ninguna patente, secreto comercial, marca registrada u otro derecho de propiedad intelectual de ningún tercero; y (f) cumplirán con todas las leyes, códigos y regulaciones aplicables al Pedido. La inclusión de estas garantías expresas no se considerará una renuncia a otras garantías que puedan estar implícitas o provistas de otra manera por ley. Todas las garantías sobrevivirán a cualquier inspección, entrega, aceptación o pago por parte de DZF. Además de todos los recursos previstos por la ley o por la Orden, el recurso de DZF por incumplimiento de cualquier garantía incluirá, a opción de DZF, sin limitación, la pronta reparación o reemplazo por parte del Proveedor de los bienes no conformes o la repetición de cualquier servicio no conforme. El Proveedor deberá asumir todos los gastos de retiro, reenvío o reemplazo de bienes no conformes o la repetición de servicios no conformes. Todos los bienes o servicios proporcionados como resultado de un reclamo de garantía estarán sujetos a las disposiciones de la Orden en la misma medida que los bienes o servicios originales.
  7. Seguro: El Proveedor deberá contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra los límites de pérdidas correspondientes a esta Orden, incluido, sin limitación, un seguro de responsabilidad civil general por un monto no inferior a un millón de dólares. El Proveedor deberá mantener la cobertura del Seguro de Compensación al Trabajador según lo exija la ley para cada lugar de trabajo. A pedido, el Proveedor deberá proporcionar de inmediato los Certificados de Seguro que designen a DZF y a la Ciudad y Condado de Denver como asegurados adicionales. El Proveedor no deberá cancelar ni modificar materialmente dichas pólizas de seguro a menos que haya proporcionado al menos treinta (30) días de aviso por escrito a DZF. Las coberturas de seguro especificadas en esta Orden son los requisitos mínimos, y estos requisitos no reducen ni limitan la responsabilidad ni las obligaciones de indemnización del Proveedor.
  8. Indemnidad: El Proveedor deberá indemnizar y mantener indemne a DZF, sus Directores, Funcionarios, empleados, contratistas, voluntarios, representantes y agentes (las “Partes Indemnizadas”) de y contra todas las pérdidas, reclamos, demandas, responsabilidades, juicios o acciones (incluidos, sin limitación, todos los gastos de investigación de reclamos y todos los costos de arbitraje o litigio, incluidos los honorarios reales de abogados y los honorarios de testigos expertos pagados por cualquier Parte Indemnizada) que surjan de o estén relacionados con el desempeño del Proveedor bajo esta Orden. El alcance de esta obligación incluye, sin limitación, reclamos basados en el incumplimiento de las leyes, reglas o regulaciones aplicables; reclamos por violación de propiedad intelectual; reclamos realizados por empleados, subcontratistas u otros agentes del Proveedor contra DZF por compensación laboral o cualquier otro beneficio laboral; y gravámenes u otros gravámenes realizados contra la propiedad o las instalaciones de DZF debido a deudas presuntamente adeudadas por el Proveedor o sus subcontratistas a otras personas. La obligación del Proveedor no se aplicará a ninguna responsabilidad o daños que resulten únicamente de la negligencia de DZF.
  9. Modificación: Esta Orden de Compra puede ser modificada únicamente por escrito firmado por DZF y aceptado por el Proveedor como se describe en el Párrafo 2 anterior.
  10. Cancelación: DZF puede cancelar todo o parte del Pedido antes de que el Proveedor envíe los bienes o preste los servicios. DZF puede cancelar el Pedido enviando al Proveedor un aviso por escrito (incluso por vía electrónica) indicando la fecha de cancelación. DZF puede rescindir todo o parte de la Orden si: (a) el Proveedor no entrega los bienes o no presta los servicios, según lo exige la Orden; (b) los bienes o servicios no se ajustan, en todos los aspectos, a los requisitos de la Orden; (c) el Proveedor se declara insolvente o no puede cumplir con sus obligaciones de pago a su vencimiento; o (d) el Proveedor incumple cualquier disposición de la Orden. En tal caso, DZF notificará al Proveedor por escrito, describiendo el motivo de la rescisión y proporcionando la fecha de rescisión. DZF no será responsable del costo o gasto de ningún bien o servicio, a partir de dicha fecha de terminación.
  11. Aviso: Las notificaciones al Vendedor se proporcionarán a la información de contacto indicada en la Orden de Compra. Los avisos a DZF se enviarán al Zoológico de Denver, attn: Purchasing, 2300 Steele St., Denver, CO 80205 o por correo electrónico a contractmanagement@denverzoo.org.
  12. Asignación: El Proveedor no podrá ceder ni subcontratar ninguno de sus derechos u obligaciones en virtud de esta Orden sin el consentimiento por escrito de DZF. En caso de que DZF permita una cesión o subcontratación, el Proveedor seguirá siendo responsable en virtud de la Orden y cualquier cesionario o subcontratista autorizado estará sujeto a los términos y condiciones aquí contenidos. DZF podrá, sin obtener el consentimiento del Proveedor, ceder libremente sus derechos y delegar sus obligaciones (ya sea directamente o por imperio de la ley) en virtud de la Orden. La Orden está destinada únicamente al beneficio de DZF y del Proveedor, sin terceros beneficiarios.
  13. Limitación de responsabilidad: En ningún caso, DZF será responsable de daños indirectos, especiales, incidentales o consecuentes de ningún tipo, incluidos, entre otros, cualquier pérdida de ganancias presentes o futuras, pérdida de gastos, inversiones o compromisos contraídos en relación con el establecimiento o terminación de una relación comercial, o cumplimiento de obligaciones bajo la Orden, incluso si DZF hubiera sido advertido de la posibilidad. En ningún caso DZF será responsable por un importe superior al precio indicado en la Orden de Compra.
  14. Remedios y Renuncia: Los derechos y recursos de DZF en virtud de la Orden son acumulativos. El ejercicio de uno o más de estos derechos o recursos no limitará el derecho de DZF a ejercer cualquier otro derecho o recurso. Cualquier renuncia a las disposiciones de la Orden o a los derechos o recursos de DZF en virtud de la Orden debe realizarse por escrito y estar firmada por DZF para que sea efectiva. El incumplimiento, la negligencia o la demora por parte de DZF en cualquier momento para hacer cumplir las disposiciones de la Orden o sus derechos o recursos no se interpretará como una renuncia a sus derechos, poderes o recursos en virtud de la Orden o una renuncia a cualquier incumplimiento o derecho posterior o como el establecimiento de un curso de ejecución o curso de trato entre el Proveedor y DZF con respecto a cualquier Orden futura.
  15. Relación de las Partes: El Proveedor y DZF son y seguirán siendo partes contratantes independientes. El Proveedor no es, ni puede manifestar que es, un agente, fiduciario, empleado, socio o relación similar de DZF para ningún propósito. El Proveedor no utilizará ningún nombre, logotipo, nombre comercial o marca de DZF sin el permiso previo por escrito de DZF. El Proveedor no declarará ni implicará que DZF respalda ninguno de los productos o servicios del Proveedor, ni incluirá a DZF como cliente, sin el permiso previo por escrito de DZF.
  16. No discriminación: El proveedor no se negará a contratar, despedir, ascender o degradar, ni a discriminar en materia de compensación a ninguna persona calificada, únicamente por motivos de raza, color, religión, origen nacional, género, edad, estado militar, orientación sexual, identidad de género. o expresión de género, estado civil o discapacidad física o mental; y el Proveedor insertará la disposición anterior en cualquier subcontrato en virtud del presente.
  17. Estándares y Cumplimiento: El Proveedor declara y garantiza que cumple y seguirá cumpliendo todas las leyes, ordenanzas, normas, reglamentos y órdenes legales de las autoridades públicas de cualquier jurisdicción relacionadas con esta Orden, incluidos, entre otros, los estatutos o reglamentos relacionados con el soborno, las comisiones ilegales, el fraude, la influencia indebida, el robo o cualquier delito de naturaleza similar. El Proveedor declara y garantiza que no ha ofrecido ni pagado ningún obsequio, favor o beneficio directo o indirecto que surja de o esté relacionado con la Orden a ningún empleado o representante de DZF o cualquier parte relacionada. El Proveedor deberá mantener registros completos y precisos de las actividades del Proveedor en virtud de la Orden de una manera suficiente para permitir que DZF verifique el cumplimiento de la Orden por parte del Proveedor. DZF puede inspeccionar o copiar los registros del Proveedor relacionados con esta Orden.
  18. Jurisdicción: Esta Orden y cualquier reclamo, controversia o disputa que surja de o esté relacionada con la Orden, la relación de las partes y/o la interpretación y ejecución de los derechos y deberes de las partes se regirá e interpretará de conformidad con las leyes. del Estado de Colorado sin tener en cuenta ningún conflicto de principios legales. Las partes acuerdan que cualquier acción relacionada con esta Orden debe presentarse exclusivamente en un tribunal de jurisdicción competente en la Ciudad y el Condado de Denver, Colorado, y ese lugar es apropiado solo dentro de la Ciudad y el Condado de Denver.
  19. Supervivencia: Todos los términos y condiciones de esta Orden que por su naturaleza deban sobrevivir a la terminación/vencimiento sobrevivirán. Sin limitar lo anterior, las obligaciones de seguro, garantía e indemnización del Proveedor sobrevivirán durante el período de garantía o prescripción correspondiente más el tiempo necesario para resolver por completo cualquier reclamo, asunto o acción iniciada dentro de ese período.
  20. Divisibilidad: Si alguna disposición de la Orden se considera ilegal, inválida o inaplicable, todas las demás disposiciones de la Orden seguirán siendo efectivas y la disposición ilegal, inválida o inaplicable se considerará modificada de modo que sea válida en la máxima medida permitida por la ley. .
  21. Acuerdo completo: La Orden representa el acuerdo final, completo y exclusivo entre el Proveedor y DZF y reemplaza todos y cada uno de los acuerdos, comunicaciones, arreglos o entendimientos anteriores o contemporáneos. DZF rechaza cualquier término o condición de cualquier factura, carta, correo electrónico u otro documento de o por el Proveedor que entre en conflicto con la Orden o se agregue a ella. En caso de conflicto entre estos Términos y condiciones y cualquier otro término incluido en la Orden de compra, prevalecerán estos Términos y condiciones. Esta Orden no representa un compromiso por parte de DZF de comprar bienes adicionales del Proveedor o por parte del Proveedor de vender bienes adicionales a DZF.